Condiciones de uso

Condiciones de venta, comercio y entrega

I. General

1. Todos los contratos celebrados con nosotros se basan en las siguientes condiciones.

Constituyen una parte jurídicamente vinculante del contrato para toda la relación comercial y son reconocidos como vinculantes por el comprador en el momento de realizar el pedido. No se han respetado los acuerdos verbales de garantía. Si el comprador es un empresario, las condiciones divergentes, los acuerdos subsidiarios y los cambios en su eficacia requieren en cada caso nuestra confirmación expresa por escrito.

2. Si algunas de las siguientes condiciones se consideran ineficaces, esto no afecta a la validez del resto de los acuerdos. Si las condiciones se refieren al contratista, se incluye al mismo tiempo la persona jurídica de derecho público o el fondo especial de derecho público.

3. El lugar de cumplimiento y -en la medida en que el comprador sea un empresario- el lugar de jurisdicción exclusiva para todas las reclamaciones actuales y futuras derivadas de las condiciones generales de contratación, incluidas las reclamaciones derivadas del miedo y las letras de cambio, son admisibles para ambas partes para todas las responsabilidades. Se aplica la legislación alemana.

 

II. Oferta y celebración del contrato

1. Nuestras ofertas son siempre sin compromiso. Las referencias a la información y las ilustraciones de los catálogos y las listas de precios son meramente indicativas y no nos obligan a suministrarlas de forma fiel o justa. El carácter comercial y estandarizado de las mercancías es esencial. Si el comprador no es un consumidor, la asunción de la garantía requiere nuestra confirmación por escrito para que sea efectiva.

Las declaraciones públicas realizadas por otros fabricantes sobre la naturaleza de un artículo adquirido no son vinculantes para nosotros ante un comprador que no sea un consumidor, a menos que hayamos confirmado esta información por escrito. En el caso de la compra de productos de marca, las "Condiciones adicionales para la venta de productos de marca" de los fabricantes en cuestión forman parte de estas Condiciones de entrega y pago.

2. Los precios deben recogerse en euros en el almacén o en la fábrica. Todas las cotizaciones están sujetas a cambios. En el caso de los envíos realizados por nosotros, cobramos una tasa de gestión o administración prorrateada. Para las entregas nocturnas y exprés, cobramos según las tarifas de zona y peso que hemos desarrollado. Los precios válidos en el día de la entrega, más el impuesto sobre el valor añadido vigente en ese momento, son siempre determinantes.

3. Si, tras la celebración del contrato, se conocen circunstancias que reducen la solvencia del comprador, tendremos derecho a suspender otras entregas, a exigir una garantía fijando un plazo y a exigir pagos por adelantado, así como a rescindir el contrato total o parcialmente tras la expiración de dicho plazo.

4. Los costes de embalaje no están incluidos en el precio. Los envases se calculan como baratos y se recuperan en el marco de las disposiciones legales. Si el envase se devuelve al almacén del usuario en el plazo de un mes utilizando los símbolos antiguos, se abonarán 2/3 del valor calculado, a reserva de otros acuerdos.

 

III. Entrega, retraso en la entrega y aceptación

1. Los plazos de entrega no son vinculantes, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.

Las entregas parciales son fiables. Circunstancias especiales, por ejemplo, fuerza mayor, huelga, etc., prolongan razonablemente el plazo de entrega y nos autorizan a rescindir el contrato total o parcialmente, siempre que el comprador sea un empresario. Si estas perturbaciones provocan un retraso de más de 4 meses, el comprador podrá rescindir el contrato. Los demás derechos de desistimiento no se ven afectados. Las reclamaciones por daños y perjuicios se regulan en la sección V.4.

2. El comprador no podrá retrasarnos como muy pronto después de la expiración de la fecha de entrega acordada. Para poder rescatar el contrato o reclamar una indemnización por daños y perjuicios, el contratista también debe fijarnos un plazo razonable para el cumplimiento suplementario.

3. El riesgo de pérdida o deterioro de las mercancías encargadas por un contratista se transmitirá al cliente en el momento del envío, incluso si se realizan entregas parciales o si se han acordado entregas a portes pagados. El seguro sólo es posible bajo petición expresa y corre a cargo del comprador. La elección del medio de transporte se realiza en ausencia de instrucciones especiales por nuestra parte, sin garantizar el envío más barato y rápido. El incumplimiento de los plazos de entrega no exime al contratante de la obligación de aceptación. Las reclamaciones por daños y perjuicios se regulan en la sección V.4.

4. Si presentamos daños y perjuicios por la negativa injustificada a aceptar la mercancía por parte del tonelero, éstos ascenderán a 15 % del respectivo precio de compra. El importe de los daños será mayor o menor si nosotros probamos un daño mayor o el comprador un daño menor.

5. En el caso de los artículos a medida, se reserva un exceso o defecto de entrega de 10 % de la cantidad pedida.

 

IV. Pago, impago y compensación

1. El pago debe realizarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura, sin deducciones.

El pago debe efectuarse dentro del plazo previsto, de modo que el importe necesario para liquidar la factura esté disponible a más tardar en la fecha de vencimiento. Si se ha acordado el pago por domiciliación bancaria con el comprador, éste nos autoriza a cargar todos los importes de la factura en los datos de la cuenta especificada. Al mismo tiempo, la entidad de crédito del comprador estará obligada a informarnos a nosotros o a un tercero autorizado por nosotros de cualquier impago de la domiciliación bancaria o de cualquier objeción a la misma, previa solicitud, del nombre y la dirección del comprador, para que podamos hacer valer nuestros derechos. Sólo se aceptan giros postales, cheques y letras de cambio como pago de todos los gastos de cobro y descuento.

2. Los representantes u otros empleados no están autorizados a cobrar comisiones. Los pagos efectuados a estas personas no eximen al usuario de sus obligaciones de pago, a menos que tenga un poder para recibir los pagos.

3. Si se han acordado pagos parciales, la totalidad de la deuda restante -independientemente de la fecha de vencimiento de los efectos- será inmediatamente exigible si :

a) el comprador no es un contratista, al menos dos plazos consecutivos están parcial o totalmente en mora y el importe de su mora es de al menos 1/10 del precio de compra.

b) el comprador, que es un empresario, se ha retrasado 14 días en sus pagos, ha dejado de pagar o se ha sometido a un procedimiento de insolvencia sobre sus bienes.

4. Si el comprador se retrasa en el pago, tendremos derecho a pagar todas las facturas pendientes de la relación comercial con una cancelación de los vencimientos acordados con un plazo de pago de 10 días.

5. En relación con las reclamaciones del precio de compra, la compensación sólo se permite con las reclamaciones indiscutibles o legalmente establecidas que se deban. Queda excluida la afirmación de los derechos de retención y otros derechos de negación del cumplimiento, a menos que se deriven de la misma relación contractual.

 

V. Garantía y responsabilidad

1. Después de la recogida o la entrega, todas las mercancías deben ser rápidamente comprobado para la exactitud, la integridad y la condición y los defectos en nosotros, el comprador no es un consumidor dentro de 2 días - pantalla. El requisito previo es que los bienes hayan sido debidamente reconocidos. Los defectos ocultos deben notificarse en el plazo de una semana tras su descubrimiento. Si se producen otros defectos o daños debido a la omisión de esta indicación, la garantía queda excluida. La garantía queda excluida para los artículos de segunda mano.

2. Los daños o la falta de transporte deben ser mencionados en el conocimiento de embarque por el ferrocarril, o bien por el conductor y las personas que intervienen en la descarga, indicando sus nombres y direcciones.

3. Nosotros determinaremos si hay un defecto, si entregamos o reparamos, a menos que el comprador sea un consumidor. En caso de cumplimiento posterior a favor de un comprador que no incurra en dichos gastos, se entenderá que el objeto a reparar fue llevado a un lugar distinto del domicilio del comprador, a menos que esto corresponda al uso previsto del objeto. El periodo de garantía para el comprador, que no es consumidor, es de un año a partir de la entrega del artículo. Si la entrega del objeto de entrega en el establecimiento comercial es necesaria para verificar la defectuosidad, la entrega posterior está sujeta a la condición de que la defectuosidad del objeto de entrega sea confirmada por el proveedor.

4. El comprador no puede reclamar daños y perjuicios en lugar del cumplimiento. Seremos responsables en caso de negligencia simple por los daños personales y por los daños típicos y previsibles resultantes de la violación de las obligaciones contractuales esenciales. Además, la responsabilidad se limita a los daños materiales causados por negligencia grave o dolo. En la medida en que el daño esté cubierto por un seguro (a excepción del seguro de suma) contratado por el comprador para el siniestro en cuestión, sólo seremos responsables de las desventajas asociadas al vendedor, por ejemplo, mayores primas de seguro o desventajas de intereses, hasta que la compañía de seguros liquide el siniestro.

5. El albarán debe adjuntarse a cualquier registro o devolución. Los gastos derivados de una reclamación injustificada por defectos correrán a cargo del comprador.

 

VI. Reserva de propiedad

1. Nos reservamos la propiedad de los artículos entregados hasta que se hayan recibido todos los pagos del respectivo contrato de entrega. Si el comprador es un empresario, la reserva de propiedad también se aplicará a las reclamaciones (incluidas todas las reclamaciones de saldos de cuentas corrientes, así como las facturas pendientes), que tenemos de la relación comercial actual con el comprador. Los bienes a los que se tiene derecho de (co)propiedad se denominan en lo sucesivo bienes sujetos a reserva de dominio.

2. La conexión, el tratamiento, la transformación y otros de los artículos entregados se realizan siempre para nosotros como fabricante, pero sin obligación para nosotros. El comprador recibe un derecho de espera por el importe de nuestra participación en la propiedad reservada. Saca el nuestro

Sin embargo, se acuerda que la (co)propiedad del comprador sobre el objeto unificado se nos transmitirá en proporción al valor (valor de la factura).

3. El comprador sólo puede vender o transformar la mercancía reservada en el curso de sus actividades comerciales normales. Si la retención de la titularidad se basa en un motivo distinto al establecido en la sección VI. 2. Por las razones expuestas, en particular por una transferencia posterior, etc., el comprador nos cede ya sus derechos de garantía resultantes, independientemente de que venda la mercancía junto con otros servicios o a uno o varios clientes. El vendedor nos informará inmediatamente de las prohibiciones de cesión acordadas. A petición nuestra, notificará la cesión a los terceros deudores, nos proporcionará toda la información que necesitemos para hacer valer nuestros derechos y nos entregará los documentos.

4. El comprador está autorizado a cobrar los créditos cedidos en las condiciones anteriores hasta nuevo aviso; debe transferirnos inmediatamente las cotizaciones acumuladas. En caso de impago o insolvencia del comprador, esta autorización de cobro quedará anulada sin necesidad de revocación. Si el valor realizable de nuestra garantía supera nuestras reclamaciones (incluidos todos los saldos de cuentas corrientes y las facturas actuales) en más de 10 %, liberaremos el exceso de garantía a su elección a petición del co-comprador.

5. El comprador está obligado a tratar con cuidado las mercancías sujetas a reserva de dominio, a correr con los gastos y a mantenerlas libres de cargas. No puede pignorarlos, cederlos como garantía o disponer de ellos de cualquier otra forma. Cualquier infracción de este tipo debe ser notificada inmediatamente. El comprador, que es un empresario, está obligado a asegurar la mercancía reservada contra incendios y robos a su cargo y a demostrarlo presentando el certificado de seguro y el último recibo de la prima.

6. Si el comprador se retrasa en el pago o no cumple con sus obligaciones en virtud de la reserva de dominio, podemos exigirle el objeto de la entrega y, tras la notificación por escrito del incumplimiento, en un plazo razonable, utilizar el producto de la liquidación al mejor precio de compra mediante venta privada.

7. Si solicitamos la entrega del objeto de la entrega, el comprador está obligado a entregarnos el objeto de la entrega inmediatamente, a excepción de los derechos de retención - a menos que se basen en el contrato de entrega. En caso de demora en el pago, el comprador nos autoriza irrevocablemente a tomar inmediatamente la mercancía bajo reserva de propiedad y a entrar libremente en un local comercial y en un almacén a tal efecto.

8. Todos los gastos de devolución y utilización del objeto de la entrega correrán a cargo del comprador. Los costes de recuperación ascienden a 10 % de los ingresos por ventas, incluido el IVA. Son mayores o menores en función de la prueba del coste. La recaudación se abonará al comprador una vez deducidos los costes y otras reclamaciones relacionadas con el contrato.

9. Si el comprador no manipula el objeto de acuerdo con sus obligaciones de reserva de dominio o si no cumple con sus obligaciones de información, la continuación del contrato es razonable para nosotros. Entonces, si es necesario, después del plazo, podemos rescatar el contrato y reclamar daños y perjuicios.

 

VII. Devolución de mercancías

Las mercancías entregadas de acuerdo con el pedido no pueden ser retiradas más de 8 días después de la entrega y sólo en casos excepcionales, que requieren nuestro acuerdo explícito. Si este es el caso, y si la mercancía está en perfecto estado, vendible y en su embalaje original, se concederá un crédito, deduciéndose al menos 10% del valor de la mercancía en concepto de gastos de reposición.